Nuevas obligaciones legales de facturación para empresas a partir de julio 2025
Ayer día 28 de octubre se ha salido publicado en el BOE los nuevos plazos y requisitos para el sistema Veri*Factu (Sistema de Emisión de Facturas Verificables). En 2025, la Ley Antifraude 11/2021 será obligatoria para empresas y autónomos, exigiendo nuevas adaptaciones en los sistemas de facturación para mejorar la transparencia y control fiscal bajo el sistema Veri*Factu. Esta normativa implica un cambio importante en la gestión contable, obligando a las organizaciones a ajustarse a los nuevos requisitos del Ministerio de Hacienda.
¿En que consiste la Ley Antifraude?
La Ley Antifraude 11/2021 establece un marco riguroso de control para combatir el fraude fiscal, alineándose con las normativas europeas para mayor transparencia y seguridad. Con la implementación del sistema Veri*Factu, cada factura emitida deberá incluir un código QR y una frase de verificación que permite a la Agencia Tributaria asegurar la trazabilidad de cada transacción. Esta normativa exige que las empresas adopten software de facturación con criterios estrictos de integridad, accesibilidad y seguridad, eliminando el uso de sistemas de doble contabilidad o manipulaciones. Pero sus efectos más importantes sobre los autónomos no los notarás hasta… 2025, que es cuando esta normativa se aplique en tu software de facturación y contabilidad.
Puntos clave:
- Objetivo: Evitar fraudes y omisiones en las transacciones empresariales.
- Cumplimiento obligatorio: Las facturas deben ser verificables en la sede electrónica de la AEAT.
- Impacto en software: Los sistemas de contabilidad y facturación deberán ser adaptados para cumplir con los requisitos de la AEAT, garantizando un control exhaustivo.
¿A quién afecta?
A todas las empresas o autónomos que emitan facturas excepto que radiquen en canarias o territorio foral o que estén acogidas al SII.
Fechas clave
Estas son las fechas clave de implementación del sistema Veri*Factu:
- Fecha clave para contribuyentes: 1 de julio de 2025.
- Fecha clave para el software: 29 de julio de 2025.
Adiós a la gestión empresarial mediante Hojas de Cálculo
Con la Ley Antifraude 11/2021, Excel y otras herramientas similares de hojas de cálculo ya no cumplen con los requisitos legales para la gestión empresarial. A continuación, algunos puntos clave sobre los nuevos requisitos que se deben cumplir:
Certificación del Software: Microsoft Excel y otros software de hoja de cálculo no están certificados como herramientas de facturación válidas.
- Estándares Técnicos: Los sistemas deben cumplir con formatos estándar para asegurar su legibilidad e integridad.
- Integridad de los Datos: Las aplicaciones deben garantizar que los registros contables no se alteren, omitan o eliminen sin dejar rastro.
- Conservación de Documentación: Los registros que fundamenten las declaraciones tributarias deben almacenarse y mantenerse sin modificaciones.
- Trazabilidad y Acceso para Hacienda: Los datos deben ser trazables y accesibles, lo que permite a la Agencia Tributaria controlar cada transacción de manera transparente.
- Registro de Actividades de Usuario: Los programas deben contar con un registro de usuarios que documente quién accede, cuándo y las acciones que realiza.
A partir de julio de 2025 ya no estará permitido llevar la contabilidad mediante hojas de cálculo ya que no cumple la normativa de la Ley Antifraude.
Medidas de obligado cumplimiento
La ley Antifraude obligará, por tanto a las empresas a contar con un software de facturación Verifactu o sistema de emisión de facturas verificables para remitirlas a la Agencia Tributaria.
- Límite de pagos en efectivo: La Ley 11/2021 reduce el límite de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.
- Uso de software certificado: Las empresas deben emplear un software de facturación homologado, como VeriFactu, que garantice la trazabilidad y el registro seguro de cada transacción.
- Generación de registros de facturación: Cada factura debe quedar registrada con integridad y trazabilidad, asegurando su inalterabilidad.
- Opción de envío de registros: Las empresas pueden elegir entre enviar automáticamente cada registro de facturación a la Agencia Tributaria o conservarlos para su consulta.
- Registro de eventos: El software debe incluir un registro inalterable de eventos para asegurar un historial completo de interacciones y transacciones.
- Código QR obligatorio: Cada factura debe incluir un QR para su validación directa en la Agencia Tributaria, incrementando la seguridad y la confianza en las transacciones.
Régimen sancionador
- Multa por exceder el límite de efectivo: Superar los pagos en efectivo de 1.000 euros implica una sanción del 25% sobre el importe de la operación.
- Uso de software no certificado: Empresas que utilicen o alteren programas no homologados podrán recibir multas de hasta 50.000 euros por cada ejercicio fiscal.
- Sanciones a desarrolladores: Fabricantes o distribuidores de software no autorizado pueden enfrentar multas de hasta 150.000 euros.
- Medida contra empresas fantasma: Hacienda ya ha revocado el NIF a un millón de empresas ficticias desde la entrada en vigor de la ley.
El incumplimiento de esta normativa se considera una infracción grave. Estas sanciones podrán recibir multas de hasta 50.000 euros por cada ejercicio fiscal.
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