A partir del 5 de octubre de 2026, todas las empresas que realicen o contraten transporte público de mercancías por carretera estarán obligadas a disponer del Documento de Control Administrativo (DeCA) en formato exclusivamente digital.
Esta obligación procede de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (Disposición Transitoria 8ª), que establece un plazo de 10 meses desde su entrada en vigor (5 de diciembre de 2025) para completar la digitalización del documento regulado por la Orden FOM/2861/2012.
1.1 ¿Qué es el Documento de Control Digital?
El Documento de Control Administrativo es el documento que debe acompañar a toda operación de transporte público de mercancías por carretera. Hasta ahora podía emitirse en papel. A partir de octubre de 2026, **deberá ser obligatoriamente digital**.
Este documento acredita ante las autoridades de inspección (Guardia Civil, inspectores de Transporte) los datos esenciales de cada envío:
- Quién envía (cargador): nombre, NIF y domicilio.
- Quién transporta (transportista): nombre, NIF y número de autorización de transporte.
- Qué se transporta: descripción de la mercancía y peso total.
- De dónde a dónde: origen y destino del transporte.
- Cuándo: fecha del transporte.
- Con qué vehículo: matrícula del tractor y semirremolque.
En caso de inspección en carretera, el transportista podrá remitir el documento digital directamente a los agentes de control.
La obligatoriedad de mantener el documento PDF en el repositorio es de 1 año.
1.2 ¿Qué diferencia hay con el eCMR?
El eCMR no es obligatorio en España actualmente. Lo que sí será obligatorio es el Documento de Control Digital para determinados transportes de mercancías por carretera a partir del 5 de octubre de 2026.
– Obligatorio desde octubre 2026. El Documento de Control Administrativo (DeCA) en formato digital, que se destina a:
- Transporte de mercancías por carretera
- Operaciones en territorio español
- Disponible electrónicamente para inspección
– NO obligatorio. El eCMR, que se destina a:
- Carta de Porte electrónica internacional
- Sigue siendo voluntario
- Aunque muy recomendable
- Puede servir como documento de control si contiene todos los campos obligatorios
1.3 ¿Cómo afecta a las empresas?
Podemos tener diferentes casos de aplicación
1.3.1 Caso A – Flota propia
La empresa gestiona sus propios camiones y conductores.
Aquí sí está afectada
1.3.2 Caso B – Transportistas autónomos/subcontratados
La empresa gestiona sus camiones y conductores subcontratados, y gestiona:
- transportista
- ruta
- expedición
- carga.
Aquí también afectada
1.3.3 Caso C – Operador logístico propio
Si la empresa actúa como un operador logístico, gestionando toda la gestión del transporte
También.
1.3.4 Caso D – La empresa usa DHL/SEUR/MRW/etc…
Ellos deberían absorber la obligación. Igual que hoy, la empresa que contrata el trasnporte
- no genera directamente el tracking DHL (lo genera la propia aplicación del transportista)
- no genera directamente el manifiesto del conductor (lo genera la propia empresa de transporte)
1.4 Integración en SAP Business One
En caso que tu empresa esté afectada, se tendrán que realizar cambios a nivel de SAP Business One.
El módulo La versión mínima soportada de SAP Business One 10.0, en caso contrario consultar.
Desde SAP habilitaremos una pantalla para poder asignar los albaranes a los chóferes y se podrá establecer la matrícula del camión y del remolque, si procede.
Se podrán asignar masivos todos los albaranes filtrando por día de entrega.
Con esta información, el chófer, además de los documentos de transporte actuales, dispondrá de un enlace web con una aplicación en la que se mostrarán los datos de los documentos que lleva en el camión, y habrá un QR de lectura, para que el agente de tráfico pueda validar/descargarse el documento en PDF.

El QR será el mismo de la aplicación y del impreso en PDF del Albarán físico. Este QR llevará a un enlace, con un token securizado. El enlace de manera obligada tendrá que disponer de un certificado SSL válido, y permanecer válido durante 7 días. Los documentos tendrán que poder estar guardados durante 1 año.
El DeCA debe incluir, como mínimo
- nombre conductor
- matrícula
- origen/destino
- firma
- empresa
- datos personales
- mercancía
Dependiendo los flujos de negocio de la empresa, nos adaptaremos personalizando alguna tarea si es preciso, a fin de no ocasionar en más trabajo de cara a los usuarios.
