El sistema SII (Suministro inmediato de Información) entró en vigor a partir del 1 de julio de 2017. La principal obligación para las empresas consiste en la declaración a la Agencia Tributaria del detalle de registro de las facturas emitidas y recibidas, en un plazo de 4 días naturales desde la fecha de facturación, consiguiendo de esta forma un acercamiento entre la fecha de contabilización de las facturas con la realización efectiva de la operación.
La transmisión de la información debe realizarse de forma electrónica mediante nuevos formatos digitales de libros de facturas emitidas y recibidas.
El SII es obligatorio para todos los contribuyentes que presentan el IVA mensualmente de: Grandes Empresas (facturación superior a 6.010.121,04€), Grupos de IVA, o inscritos en el REDEME). Puede adoptarse también de forma voluntaria para los contribuyentes que no estén obligados.
El suministro de la información se realiza en el formato electrónico establecido y a través del servicio web. La cantidad de información a transmitir es bastante mayor que la contenida en los libros de registro tradicionales.
El plazo de información electrónica es de 4 días naturales desde la fecha de emisión de la factura de venta o el registro de la factura de compra.
El envio del SII suprime la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390.
En la Sede Electrónica de la AEAT se podrá consultar el Libro de Registro declarado, así como de la información contrastada procedente de terceros que pertenecen al colectivo de este sistema.
El sistema de Suministro Inmediato de la Información (SII), es el nuevo modelo desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT) para la declaración electrónica de los libros registro del IVA.
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* El módulo SII funciona para una empresa individual. En el caso de contratación para más de una empresa, el importe para la segunda y siguientes es del 50%.